Facebook
Twitter
YouTube
LinkedIn
RSS

Contabilidad y Finanzas

28

ENE 2020

0

Servicio Pre 303 y Libros Agregados. MODELO 303-SII

Publicado por: ALTAI Soft | Categorias: Asesorías y Despachos, Contabilidad y Finanzas


En febrero de 2020 sale una primera versión del servicio de ayuda para la cumplimentación del modelo 303 denominado “Pre303”, a disposición de empresarios que aplican el Suministro Inmediato de Información. En concreto aquellos dados de alta en el Registro de devolución mensual (REDEMEque no sean gran empresa (volumen de ventas en el año anterior inferior a 6.010.121,04 €) EXCEPTO:

·         Empresarios que tributen por algún régimen especial: criterio de caja, agencias de viajes, bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección, oro de inversión o grupos.

·         Empresarios que sean destinatarios de operaciones en régimen especial de criterio de caja.

·         Empresarios que apliquen la prorrata o tengan sectores diferenciados de actividad.

Para facilitar dicha cumplimentación se pone a disposición de estos contribuyentes los denominados “Libros agregados (LLAA)” que consisten en una agrupación de los importes consignados en sus Libros registro de IVA llevados a través de la sede electrónica de la AEAT.

Estos Libros Agregados permitirán conocer los importes que les correspondería declarar en el modelo 303, incluyendo notas aclaratorias cuyo objetivo es facilitar la comprensión de cómo se han realizado los cálculos.

Desde los Libros Agregados el contribuyente podrá trasladar la información mostrada a las correspondientes casillas de los apartados de “Liquidación” e “Información Adicional” del modelo 303 y, si lo considera conveniente, modificarlas antes de hacer la presentación.

Durante el 2020 este servicio solo estará disponible para consultar los periodos de liquidación que se encuentren en periodo voluntario de declaración.

 Fuente: AEAT


20

ENE 2020

0

Código de buenas prácticas tributarias

Publicado por: ALTAI Soft | Categorias: Asesorías y Despachos, Contabilidad y Finanzas, Gestión Fiscal



Procedimiento de adhesión de las Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios al Código de Buenas Prácticas


El Código de Buenas Prácticas aprobado en el Foro de Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios el 2 de julio de 2019, establece en su Apartado III B. el procedimiento de adhesión:

“La decisión de adhesión de las Asociaciones o Colegios de Profesionales Tributarios al Código de Buenas Prácticas de los Profesionales Tributarios deberá formalizarse a través de un acuerdo que se comunicará a la Agencia Tributaria a través de la correspondiente Asociación o Colegio Profesional. De la misma forma podrán comunicar en cualquier momento su baja.

La adhesión y baja deberán ser a la totalidad del Código, no siendo admisible la adhesión o baja parcial a apartados específicos del mismo.

La Agencia Tributaria podrá informar en su web de cuáles son las Asociaciones o Colegios de Profesionales Tributarios adheridos al Código, siempre que obtenga el consentimiento expreso de la Asociación o Colegio afectado, a través de la Secretaría Técnica del Foro.”

NORMAS DE ADHESIÓN

  • Podrán adherirse todas las Asociaciones o Colegios Profesionales que desarrollen toda o parte de su actividad en territorio español.

  • La adhesión al Código de Buenas Prácticas deberá ser acordada por el órgano de gobierno de la Asociación o Colegio que la pretenda.

  • La Asociación o Colegio profesional remitirá el formulario establecido en Sede electrónica anexando el acuerdo de adhesión de los órganos de gobierno a través del procedimiento establecido en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria.

    Acceso directo al trámite en la Sede electrónica

    Acceso directo al formulario

    Se remitirá igualmente el Código Deontológico de la Asociación o Colegio, o la indicación del lugar de su web donde se encuentra publicado. La falta del mismo determinará la imposibilidad de adhesión al Código.

  • Comprobada la información remitida por la Asociación o Colegio, la Secretaría Técnica del Foro comunicará a la entidad la aceptación de la adhesión.

A continuación, siempre que se haya obtenido previamente el consentimiento expreso de la Asociación o Colegio afectado indicado en el formulario presentado, la Agencia Tributaria publicará la relación de entidades adheridas al Código de Buenas Prácticas en su página web.

Fuente: AEAT



20

ENE 2020

0

Desaparecen los programas de contabilidad más famosos de España. Adiós a ContaPlus y FacturaPlus

Publicado por: ALTAI Soft | Categorias: Asesorías y Despachos, Contabilidad y Finanzas


El pasado 1 de abril, la multinacional Sage dejó de vender y dar soporte de los programas ContaPlus y FacturaPlus en España, tal y como venía haciendo desde hace más de dos décadas.

La alternativa que ofrece la compañía para sustituir estos programas incrementa los costes de adquisición en más de un 25%, por lo que muchas empresas, medianas, pequeñas y autónomos, se ven obligadas a buscar fuera de Sage una solución de contabilidad y de facturación para sus negocios.

El motivo que más reticencias supone a los usuarios de los ya desaparecidos programas de contabilidad y facturación, es el del traspaso de datos. Por eso la búsqueda de una alternativa debe basarse en encontrar los mejores programas de un fabricante de software con reputación y dilatada experiencia que garantice además agilidad y seguridad en la migración de datos.

ALTAI tiene más de 35 años de experiencia en el desarrollo de aplicaciones para profesionales, siendo buque insignia, precisamente, el programa ALTAI Contabilidad, que está permanentemente actualizado y adaptado a la normativa vigente. Además, es probablemente el programa de contabilidad más completo del mercado, ya que ofrece módulos y herramientas innovadoras que facilitan aún más la gestión contable.

Actualmente, ALTAI cuenta con más de 20.000 usuarios de su programa contable y más de la mitad son usuarios desde hace más de 10 años.  




8

MAR 2019

0

El Registro diario de la jornada obligatorio desde el 12 de mayo

Publicado por: ALTAI Soft | Categorias: Asesorías y Despachos, Contabilidad y Finanzas, Laboral


Así lo ha anunciado el Gobierno en Consejo de Ministros al aprobar mediante un Real Decreto Ley medidas para combatir  la precariedad laboral. La número 11 hace referencia  a la jornada de trabajo y la norma obliga a las empresas a garantizar ‘el registro diario de la jornada, que deberá incluir el horario concreto de la entrada y la salida de cada trabajador’.

Negociación Colectiva

Se añade un nuevo punto al Estatuto de los Trabajadores, el noveno, donde a pesar de que figure la obligación del registro, la puesta en marcha se hará mediante negociación colectiva con representantes de trabajadores o con los empresarios para fijar cómo se hace.

Custodia de registros

Los registros horarios deben guardarse durante cuatro años y estar a disposición de los trabajadores, sindicatos, de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social.

Multas

En caso de incumplimiento de la nueva norma de registro de la jornada, las empresas se enfrentan a una infracción grave que acarreará multas de entre 626 y 6.250 euros.

Aplicación

La aplicación será a los dos meses de la publicación del texto en el Boletín Oficial del Estado.

Exposición de Motivos

El Gobierno declara la justificación de la implantación del registro como medida para combatir la precariedad laboral, basándose en estadísticas de Población Activa donde queda de manifiesto el incumplimiento de horas realizadas, en exceso, pactadas en contrato, y el elevado número de horas extraordinarias no cobradas ni cotizadas a la seguridad social.


Consulta en el siguiente documento la Disposición 3481 del BOE Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo:



<<
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
>>

CONTABILIDAD

CONTABILIDAD

Programa de contabilidad muy completo para todo tipo de empresas. Integre la gestión contable, mercantil y fiscal de su empresa.

Leer más

FACTURACIÓN

FACTURACIÓN

Gestione las ventas de su empresa y tenga un control total a través de informes y estadísticas de venta. Incluye factura electrónica y e-commerce.

Leer más

LABORAL

LABORAL

Software de gestión laboral para la gestión completa de los trabajadores de su empresa. Integración total con Contrat@, Delt@ y Sistema RED.

Leer más
Facebook
Twitter
YouTube
LinkedIn
RSS