El Ministerio de Economía ha modificado los plazos de presentación
de algunos modelos tributarios adelantándolos a enero. Además, es imprescindible
la validación de los datos (NIF, Nombre o Rozón Social) para poder presentar
las declaraciones ante la AEAT.
Estos modelos se corresponden con las siguientes Declaraciones
Informativas:
117: Declaración anual de imposiciones, disposiciones de fondos
y de los cobros de cualquier documento.
184: Entidades en régimen de atribución de rentas.
345: Planes, fondos de pensiones y sistemas alternativos.
Mutualidades de Previsión Social, Planes de Previsión Asegurados, Planes
individuales de Ahorro Sistemático, Planes de Previsión Social Empresarial y
Seguros de Dependencia. Declaración anual partícipes y aportaciones.
347: Declaración anual de operaciones con terceras personas. (El
nuevo plazo para su presentación entrará en vigor en 2019, manteniéndose el
plazo hasta el 28 de febrero de 2018 sólo para este modelo).
Para la presentación de estos modelos durante el mes de
enero, la Agencia Tributaria exige que los datos (NIF, Nombre o Razón Social)
sean correctos y coincidan con los que posee en su censo.
El objetivo de esta modificación se debe al previsto adelanto
a marzo de 2019 el inicio de la campaña de la Renta de 2018 y así agilizar y
anticipar las devoluciones a los contribuyentes.
En esta línea, la Agencia Tributaria aboga por herramientas
digitales para mejorar el control tributario y facilitar el pago de impuestos.