martes, 17 de mayo de 2016
Publicado por: Administración | Categorias: Contabilidad y Finanzas, Negocios
El IVA en España es un impuesto
indirecto que recae sobre el consumo. El Impuesto sobre el Valor Añadido, también conocido como Impuesto sobre el Valor Agregado es un
impuesto que grava el consumo de
cualquier producto o servicio que realizan todos los ciudadanos, sin tener
en cuenta su renta.
Para que quede más claro,
el IVA es un impuesto que se paga cuando se compra un bien o se hace uso de
un determinado servicio, recae sobre la producción y venta de las empresas y la
compra de dichos productos.
El IVA como impuesto indirecto no
se aplica sobre la renta del contribuyente, no recae sobre los ingresos,
sino que el consumidor lo paga cuando compra el producto, repercute en el
precio final.
En España existen tres tipos de
IVA a 2016:
- Tipo Superreducido al 4%: se aplica a los productos de primera necesidad
como la leche y el queso, las frutas y verduras, el pan y los cereales, los
huevos... También a periódicos, revistas no publicitarias, libros,
medicamentos, sillas de rueda, prótesis y Viviendas de Protección Oficial (VPO).
- Tipo Reducido al 10%: es aplicado a la mayoría de productos, como el
resto de alimentos en general que no estén en el tipo anterior, comida animal,
el agua embotellada y para riego, gafas y lentillas, la vivienda, el transporte
de viajeros, espectáculos deportivos amateur, árboles, plantas aromáticas y hortícolas,
obras de reforma, etc.
- Tipo General del 21%: el porcentaje se aplica a todos los productos y
servicios como ropa y calzado, electrodomésticos, tabaco, plantas ornamentales,
material escolar, veterinarios, cine y teatro, compra de entradas a
exposiciones o discotecas, gimnasios, peluquería, etc.
Hay actividades exentas de IVA en el que sí que se emite factura pero
no se aplica ningún tipo impositivo, y son:
- Actividades educativas: escuelas públicas y privadas.
- Operaciones médicas: hospitalización, asistencia sanitaria pública y
privada y el resto de servicios sanitarios excepto cirugía estética,
acupuntura, mesoterapia…
- Operaciones financieras y seguros: créditos, préstamos, transferencias, tarjetas de
crédito, depósitos, seguros, etc.
- Actividades culturales, deportivas y sociales: las organizadas por asociaciones privadas sin
ánimo de lucro, bibliotecas, monumentos, museos, zoológicos, actividades para
menores de 25 años, etc.
- Operaciones inmobiliarias: entrega de terrenos rústicos para uso público o
no edificables.
Es importante calcular correctamente el IVA de una factura a la hora de hacer
la liquidación trimestral si eres
autónomo o tienes una empresa. La regla general es la siguiente:
- IVA superrreducido:
precio sin IVA x 1,04.
- IVA reducido: precio sin
IVA x 1,10.
- IVA general: precio sin
IVA x 1,21.
Para hacer la declaración del IVA trimestral cuanto
debes pagar a Hacienda debes restar el
IVA de lo que has pagado (IVA soportado) del IVA de lo que has cobrado (IVA devengado).