El
Congreso ha admitido a trámite la Proposición de Ley de reforma del Estatuto de
los Trabajadores en lo relativo al registro horario de jornada.
Dado el estado de tramitación, se estima que la nueva
normativa entrará en vigor en enero de 2018.
Las medidas que se contemplan, entre
otras, en la Propuesta de Ley:
·
Generalizar
la obligatoriedad del registro de
jornada diaria de todos los trabajadores de la empresa, independientemente
del tipo de contrato. (La actual normativa contempla el registro horario sólo
para trabajadores con contrato a tiempo parcial y los que realicen horas
extraordinarias).
·
Revisar
las sanciones por incumplimiento de
las obligaciones en materia de jornada.
·
Potenciar las actuaciones de la
Inspección de Trabajo
en materia de tiempo trabajado y horas extraordinarias.
Esta modificación del Estatuto de los
Trabajadores surge tras la controversia suscitada con la Sentencia Tribunal Supremo 246/2017, de 23 de marzo, en la que el TS afirmaba que ‘convendría una reforma legislativa que clarificara la obligación de
llevar un registro horario y facilitara al trabajador la prueba de la
realización de horas extraordinarias’.
Siendo el objetivo el
cumplimiento de las horas efectivas pactadas en contrato y la retribución y
cotización de las horas extraordinarias, magistrados del Tribunal Supremo
advirtieron: ‘La obligación de registrar
las horas extraordinarias se vacía de contenido si no se efectúa un seguimiento
o control de la jornada realizada por el trabajador, pues el concepto de hora
extraordinaria solo surge cuando se produce la superación de la jornada
ordinaria.’